domingo, 12 de noviembre de 2017

Preguntas frecuentes sobre el Contrato Agropecuario Discontinuo y el Contrato Agrícola (Actualizado al 12 de noviembre del 2017)

ESTA ENTRADA HA SIDO ACTUALIZADA EN FUNCIÓN DE LA REFORMA AL REGLAMENTO QUE REGULA LAS RELACIONES DE TRABAJO ESPECIAL EN EL SECTOR AGROPECUARIO, GANADERO Y AGROINDUSTRIAL (MDT-2017-0029) 



¿Para qué cargos se puede utilizar el contrato agropecuario continuo o discontinuo?
Este contrato de trabajo puede ser celebrado con los trabajadores que ocupen cualquiera de los cargos contemplados en las siguientes comisiones sectoriales, según las tablas de salarios mínimos sectoriales del IESS:

- COMISIÓN SECTORIAL No. 1 “AGRICULTURA Y PLANTACIONES”
- COMISIÓN SECTORIAL No. 2 “PRODUCCIÓN PECUARIA”
- COMISIÓN SECTORIAL No. 5 “TRANSFORMACIÓN DE ALIMENTOS (INCLUYE AGROINDUSTRIA)”


¿Cuáles son las características del contrato agropecuario discontinuo?
- Se celebra obligatoriamente por escrito
- Está sujeto a máximo de 180 días continuos o discontinuos por año
- Se firma por un período de un año
- Renovable indefinidamente, pero luego de la segunda contratación el contrato se vuelve contrato de temporada
- Puede ser a tiempo completo de 8 horas diarias o a tiempo parcial, en este último caso, los 180 días máximos se calcularán en función de las horas diarias laboradas, por ejemplo, si labora el trabajador sólo 4 horas diarias, puede trabajar 360 días. 
- El pago de la remuneración puede hacerse diariamente, semanalmente, quincenalmente o mensualmente según acuerden las partes
- En caso de trabajar en jornada parcial o mixta, la remuneración se pagará en función del promedio de horas laboradas cada mes
- Se paga en cada día de trabajo proporcionales de ley, incluyendo "proporcional" de desahucio
- En cada día de trabajo se paga el sueldo incrementado en 1.3636 con motivo de proporcional de los días de descanso obligatorio que estarían incluidos en la remuneración de la semana integral de trabajo
- El fondo de reserva deberá pagarse luego de que el trabajador haya laborado 365 jornales de trabajo, ya sea en jornada completa o parcial


¿Puedo establecer funciones de confianza a trabajadores de los sectoriales arriba mencionados?
Para poder establecer funciones de confianza a quien se desempeñe en la posición de autoridad y con ocasión del ejercicio de esas funciones ordene, dirija, administre a nombre del empleador o; quienes lo representen o hagan de sus veces con funciones de confianza y dirección, tales como administrador de campo, mayordomo, o capataces, debe pagarse a estas personas al menos dos salarios básicos sectoriales; y, a agentes de comercio, siempre que a estos últimos se les pague al menos tres salarios básicos unificados del trabajador en general.


¿Cómo se calcula el valor de la jornada diaria total según los componentes que se mencionan en el acuerdo ministerial que expide las normas que regulan las relaciones de trabajo especiales en el sector agropecuario?
A continuación se proporciona un ejemplo de cómo se calcula la jornada diaria de un trabajador que gana el sueldo mínimo sectorial para el cargo del "Trabajador del Agro" según las tablas sectoriales del IESS vigentes en el 2017. Se puede pactar un sueldo mayor, pero jamás inferior al mínimo sectorial (que se reajusta cada año). A continuación un detalle pormenorizado, a propósito se han dejado todos los decimales:


Hay un gran error en el acuerdo ministerial del 23 de febrero del 2017 y es que se indica que los fondos de reserva gravan IESS, esto obviamente no es así y en el ejemplo arriba pormenorizado no se ha cometido ese error, se ubica los fondos de reserva junto con los demás beneficios de ley no gravados al IESS.


¿Cómo se debe ir ajustando cada año el valor de la Jornada Total de Trabajo?
Siguiendo el ejemplo anterior que fue realizado con el sueldo mínimo sectorial, el siguiente año necesariamente se debe reajustar el cálculo con el nuevo sueldo mínimo sectorial que esté vigente. Igualmente se debe reajustar el cálculo de la decimacuarta remuneración con el SBU que esté vigente.

Si el trabajador llegare a completar días de vacaciones de antigüedad, debe ganar adicional por los días de vacaciones por antigüedad

Cuando el trabajador ya haya completado 365 días o más laborados de manera continua o discontinua, deberá pagarle adicionalmente, el fondo de reserva.


¿El 8.33% que se menciona como recargo en el contrato agropecuario discontinuo es el fondo de reserva del trabajador?
En el anterior acuerdo ya derogado era un incremento legal adicional a los fondos de reserva, sin embargo, en este nuevo acuerdo, se indica que hace referencia a los fondos de reserva y que se deberán pagar cuando el trabajador ya haya completado 365 días continuos o discontinuos de labor.


¿Cómo se calcula el valor hora para efectos de pago de horas suplementarias, extraordinarias o recargo por jornada nocturna en este contrato?
Sobre la base del valor diario (ver el componente A del ejemplo pormenorizado del pago diario), se lo divide para 8 horas y se lo multiplica ya sea por 1.5 o por 2 en función del tipo de hora extra (suplementaria o extraordinaria respectivamente) o por 0.25 si se trata de calcular el recargo por jornada nocturna.


¿Cómo es la afiliación al IESS para los trabajadores con contrato agropecuario discontinuo?
Salvo nuevo mecanismo del IESS que se cree especialmente para este contrato (el acuerdo ministerial da a entender que el IESS deberá estipular el mecanismo de afiliación), la afiliación al IESS se hará siguiendo los mismos lineamientos que para el contrato eventual discontinuo; es decir, se deberá afiliar al trabajador al IESS usando la relación de trabajo:

- 16-TRABAJADORES TIEMPO PARCIAL - CT

Debiéndose cada mes ajustar los días laborales por el trabajador usando la opción que está en el lado izquierdo del nuevo sistema de empleadores del IESS "Días a Laborar Tiempo Parcial". Recuerde que el ajuste de los días a laborar deberá hacerlo ANTES de que finalice el mes, o ya no podrá ajustarlos por lo que la planilla se le generará con los días que haya registrado la última vez que los cambió.

Le saldrá planillado un valor por seguro salud tiempo parcial que se calcula así:

(Sueldo mínimo sectorial - sueldo del período) * 4.41%

El cual debe ser asumido por el empleador o empresa.


¿Cómo es la afiliación al IESS para los trabajadores con contrato agropecuario continuo?
Salvo nuevo mecanismo del IESS que se cree especialmente para este contrato (el acuerdo ministerial da a entender que el IESS deberá estipular el mecanismo de afiliación); o, que el trabajador labore en jornada parcial permanente, la afiliación al IESS se hará usando la relación de trabajo 06-Código del Trabajo - CT


¿Debo afiliar al trabajador con contrato agropecuario discontinuo en el IESS por al menos 15 días? 
Por los días que sumadas las horas laboradas en el mes den el equivalente en días de 8 horas, viendo en todo momento que cuadre el rol con el IESS para evitar problemas con el SRI.

Adicionalmente, así labore con contrato agropecuario CONTINUO en jornada parcial permanente, deberá afiliar al trabajador al IESS por los días que efectivamente haya laborado, ya que la disposición de que se debe afiliar al trabajador que labore a tiempo parcial por al menos 15 días de trabajo ya fue derogado hace varios años.


¿Qué pasa si en un mes el trabajador con contrato agropecuadrio discontinuo no labora ni un solo día?
El sistema del IESS no deja poner días en cero, el mínimo de días que el sistema le permite poner es 1, que luego lo puede compensar en algún otro mes donde labore el trabajador más de 1 día, a efectos de no romperle la continuidad en el IESS y que pueda hacerse atender. Si no, puede nomás hacerle el aviso de salida y volverlo a ingresar posteriormente, con la consecuencia de que difícilmente podrá hacerse atender en el IESS.



¿Cuándo tendrá derecho un trabajador con contrato agropecuario discontinuo a recibir atención médica en el IESS?
Cuando tenga tres registros continuos de aportación en el IESS, independientemente del número de días registrados en cada mes. NO necesita tener 90 días de aportes continuos, puede tranquilamente en 3 meses haber completado 3 días y ya se podrá hacer atender en el IESS.

La clave es ajustar los días laborados en cada mes con la herramienta de "Días Laborados Tiempo Parcial" de la página del IESS y no forzar cuadrar los días laborados utilizando la opción de "Días No Laborados", porque esto implica faltas injustificadas, y hace que el trabajador pierda la continuidad de sus aportes y por ende el derecho de atención médica.


¿Cuáles son las ventajas de utilizar el contrato agropecuario discontinuo?
- Usted decide cuando llama al trabajador y cuando no. Si ya no lo quiere seguir llamando NO debe pagar indemnización por despido intempestivo.
- Como todos los beneficios de ley se pagan mensualizadamente, la liquidación queda en cero. Esto a su vez es una desventaja si en realidad el trabajador no se acercaba a cobrar su liquidación o si se niega a firmar el acta de finiquito en cero, ya que luego tendrá problemas para registrarla en el SAITE. Para evitar esto, se recomienda que desde la inducción al trabajador se le explique claramente que como todos los beneficios de ley se le pagan mensualizadamente, su liquidación estará en 0.
- Si el trabajador labora en jornada parcial permanente, por ejemplo, 4 horas diarias, se autoriza que para efectos de determinar los días laborados en el año por el trabajador, se sumen las horas laboradas cada día, o sea que siguiendo el ejemplo anterior, el trabajador podría laborar 360 días, 4 horas diarias sin ningún problema.
- Se pueden distribuir las 40 horas semanales en seis días a la semana. No se pagará recargo por horas extraordinarias si se le garantiza al trabajador 48 horas consecutivas de descanso.


¿Cuáles son las desventajas del contrato agropecuario discontinuo?
Respuesta actualizada el 12 de noviembre del 2017
- Se paga el proporcional de bonificación por desahucio, lo cual es un absurdo pues si el contrato se firma por un año, ya se sabe que el mismo termina a su vencimiento y se estaría sujeto a los estipulado en el artículo 170 del Código del Trabajo (Terminación sin desahucio); pero a pesar de esto, las autoridades del trabajo dispusieron que se debe pagar desahucio en un contrato que termina obviamente a su vencimiento, por lo tanto no requiere preaviso de 15 días y por ende no cabría pagar legalmente bonificación alguna...
- Se debe pagar el 4.41% adicional de seguro salud tiempo parcial


¿Es obligatorio el uso del contrato agropecuario discontinuo?
No, puede usar cualquiera de los contratos establecidos en el código del trabajo. 


¿Cómo registro los datos del trabajador en el SUT si decido utilizar el contrato agropecuario discontinuo?
Hasta que actualicen el sistema (si es que lo actualizan, ya que por ejemplo, hasta el día de hoy aparece el contrato eventual discontinuo por lo que hay que seleccionar "contrato eventual" en caso de celebrar el primero) registre que el tipo de contrato del trabajador es "Contrato Agrícola". Si ya luego actualizan el sistema e incluyen el contrato agropecuario discontinuo, puede modificar los datos del trabajador y actualizar el tipo de contrato sin ningún problema.


¿Qué es el contrato agrícola?
El contrato agrícola puede ser de dos tipos:

- Contrato a destajo
- Contrato por tarea (recurrentes)

Si fuera a destajo, se pacta en el contrato la unidad de obra a utilizar (hectáreas de siembra, cosecha, abono, etc por ejemplo), el total de unidades de obras requeridas, y la remuneración que se pacta para cada una de ellas, sin tomar en cuenta el tiempo invertido en la labor contratada, por lo que no hay pago de sobretiempo. No se paga bonificación por desahucio. En este caso, el trabajador se denomina "destajero". Este contrato termina una vez que el trabajador termine la producción total pactada y se puede seguir renovando indefinidamente o ya no, sin que el trabajador tenga derecho a reclamo alguno por despido intempestivo.

Si fuera  por tareas recurrentes, no hay horario de trabajo por lo que si el trabajador cumple su tarea diaria (una única tarea) puede irse a su casa y no podrá recibir menos del sueldo diario calculado sobre el sueldo mensual pactado dividido para 30, que no será menor al sueldo mínimo sectorial. En este caso, el trabajador se denomina jornalero, y gana su sueldo diariamente. Este contrato se firma por un tiempo determinado, y vencido este plazo se puede seguir renovando indefinidamente o ya no, sin que el trabajador tenga derecho a reclamo alguno por despido intempestivo.

En ninguno de estos dos contratos hay pago de bonificación por desahucio si en el contrato se estipula que no se requiere preaviso (Art. 170 del CT).

El contrato agrícola dispone obligaciones particulares para los obreros agrícolas y prohibiciones específicas para los empleadores agrícolas:

Obligaciones del obrero agrícola:
1. Procurar la mayor economía en beneficio de los intereses del empleador;
2. Devolver los útiles que le hubieren entregado;
3. Emplear durante el trabajo los útiles y herramientas en la forma más apropiada y cuidadosa, a fin de evitar su destrucción;
4. Prestar su contingente personal en cualquier tiempo en caso de peligro o fuerza mayor; y,
5. Prestar sus servicios aun en días de descanso y en horas suplementarias percibiendo sus salarios con los recargos de ley, en las cosechas, cuando amenacen peligros o daños de consideración.

Prohibición a los empleadores agrícolas:
1. Obligar a los obreros agrícolas a venderle los animales que posean y los productos de éstos;
2. Obligar a los obreros agrícolas que abonen con sus animales los terrenos de la heredad;
3. Constreñirles a efectuar cualquier trabajo suplementario no remunerado; y,
4. Servirse gratuitamente de los animales del obrero agrícola.


¿Para qué cargos se puede utilizar el contrato agrícola?
Sólo para la COMISIÓN SECTORIAL No. 1 “AGRICULTURA Y PLANTACIONES”



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