Respuesta actualizada el 14 de agosto del 2022
Si el trabajador tiene derecho al subsidio monetario del IESS,
el empleador o empresa deberá pagar sólo el 50% del sueldo base los tres primeros días del descanso médico (el otro 50% del sueldo base lo
pierde el trabajador). Del cuarto día hasta el día 70, el trabajador tiene derecho a recibir
por parte del IESS el 75% del promedio de los tres últimos sueldos reportados
al IESS antes del inicio de la enfermedad, el 25% lo pierde el trabajador. Del
día 71 hasta el día 185, recibe el
66% del promedio de los tres últimos
sueldos reportados al IESS antes del inicio de la enfermedad, el 34% restante
lo pierde el trabajador. Al empleador o empresa sólo le corresponderá pagar el 50% del
sueldo por hasta dos meses cada año (incluido los tres primeros días de
enfermedad), SIEMPRE, que el trabajador no tenga derecho al subsidio monetario
del IESS (sin importar el motivo por el cual el IESS no cubra el subsidio al trabajador), ya que en el caso de que sí cuente el trabajador con el derecho a cobrar el subsidio, sólo debe pagar el empleador o empresa el 50% del sueldo base los tres primeros días y al cuarto día $0. Esto sólo aplica en caso de
enfermedad no profesional. Luego de que el empleador o empresa haya pagado 60 días al 50% en cada año,
ya no le corresponde pagar sueldo al trabajador y el sueldo del trabajador por
ende será de $0. Esto según lo especificado en el Art. 106 de la Ley de Seguridad Social, en el Art. 7 del Reglamento General sobre Prestación de Subsidio en Dinero por Enfermedad Común, Maternidad, Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional (en adelante simplemente nos referiremos a este cuerpo legal como "Reglamento de Subsidios IESS")