viernes, 6 de diciembre de 2019

Preguntas frecuentes sobre la contratación de extranjeros (Actualizado al 6 de diciembre del 2019)


¿Cómo afilio a un trabajador extranjero al IESS?
Debe solicitar un código en el IESS para poder realizar la afiliación. Para solicitar el código de extranjero, deberá llevar lo siguiente a una agencia del IESS:

- Carta de solicitud de código de identificación de extranjero (desde la zona de descargas, formatos de utilidad para el departamento de talento humano, usted podrá descargar el modelo). La carta debe estar impresa en hoja membretada de la empresa sea esta compañía o negocio de persona natural
- Copia de cédula o pasaporte del Representante Legal o Dueño de la empresa
- Copia del certificado de votación actualizado o censo de extranjero
- Copia del pasaporte a color y pasaporte original+ del trabajador
- Copia de la visa a color y Visa original+
- Contrato de trabajo firmado por las partes
- Extracto del registro de los datos del trabajador en el SUT*

miércoles, 24 de abril de 2019

Preguntas Frecuentes sobre la contratación de Personal de Servicio Doméstico (Actualizado al 24 de Abril del 2019)

CON LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE JUSTICIA LABORAL Y RECONOCIMIENTO DEL TRABAJO DEL HOGAR, AHORA LOS CONTRATOS DE SERVICIO DOMÉSTICO NO SE PUEDEN RENOVAR INDEFINIDAMENTE, POR LO QUE LA RELACIÓN LABORAL AHORA SERÁ DE NATURALEZA ESTABLE Y PERMANENTE, SIENDO LA MODALIDAD CONTRACTUAL HABITUAL, EL CONTRATO A PLAZO INDEFINIDO CON HASTA 15 DÍAS DE PERÍODO DE PRUEBA.


ESTA ENTRADA HA SIDO ACTUALIZADA PARA INCLUIR LAS REFORMAS DE LA MENCIONADA LEY

¿Qué es un trabajador doméstico?


Es todo aquel trabajador que realiza trabajos domésticos o un trabajo cuyo producto del mismo no deriva en un beneficio económico para el contratante que siempre será una persona natural, JAMAS una persona jurídica. Son ejemplos de trabajadores domésticos:

- Niñera
- Lavandera
- Cocinera
- Ama de Llaves
- Mayordomo
- Empleado/a para quehaceres domésticos en general
- Chofer de la familia
- Guardaespaldas

No son domésticos sino trabajadores sometidos al Código del Trabajo los que prestan servicios en hoteles, bares, fondas, posadas, hospitales o establecimientos análogos o aquellos domésticos que trabajando en el domicilio del representante legal, están afiliados al IESS con el número patronal de una empresa y tienen un contrato laboral con una empresa. El representante legal que desee contratar a un trabajador doméstico deberá sacar un registro patronal como empleador doméstico en las oficinas administrativas del IESS, en donde le darán un RUC especial de empleador de servicio doméstico, a efectos de porder sacarle el registro patronal.